¿Qué rentas están exentas de IRPF en 2022?
La campaña para el pago del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas de este año en España comenzará el próximo 6 de abril vía online, y de acuerdo a tu situación y a tus ingresos podrías estar libre de este o no. Es por ello que en este post de Credy te vamos a dar las claves sobre cuáles serán las rentas anuales exentas de IRPF para el 2022.
¿Cuáles son las rentas exentas de IRPF en 2022?
Para determinar una exención de renta, en primer lugar es necesario tener en cuenta los siguientes puntos:
- Todo trabajador con ingresos económicos debe presentar su declaración; sin embargo, si su ingreso bruto anual es inferior a 22.000 euros y es proveniente de un solo pagador, entrará entre las rentas exentas de IRPF en 2022.
- También tendrá una renta exenta de IRPF, aquel trabajador que, aunque reciba ingresos de varios pagadores, los mismos no superen los 14.000 euros.
- Los que hayan tenido pérdidas patrimoniales de más de 500 euros no deberán pagar el IRPF.
- Las personas que obtienen ganancias patrimoniales o de rendimiento inmobiliario, pero que las mismas no superen los 1.000 euros brutos anuales.
- Todos aquellos que recibieron ayudas excepcionales por los daños causados por las erupciones del volcán de La Palma, de acuerdo a lo establecido por la Agencia Tributaria, quedan exentos de realizar el pago de renta IRPF.
Pensiones exentas del pago de IRPF
Recibir una pensión de la Seguridad Social no libera siempre a los pensionistas del pago y declaración del IRPF, pero algunos pensionistas gozan de una renta exenta de IRPF. La Agencia Tributaria publica en su página web un listado de las pensiones que están exentas del pago de IRPF, como se indica a continuación:
- Al igual que los trabajadores, si su ingreso es menor de 22.000 euros no deberán realizar la declaración. Pero, cuando reciben ingresos por parte de dos o más pagadores y la suma de ellos es mayor a 14.000 euros, y el monto obtenido por parte del segundo pagador es mayor a 1.500 euros, sí deberán presentar la declaración. Los pensionistas que reciben adicionalmente una pensión por parte de Seguridad Social del extranjero, deberán consultar a la Agencia Tributaria y hacer la declaración como contribuyente con más de un pagador.
- Están exentos de pago de IRPF los pensionados con incapacidad total o invalidez. Esta excepción es válida tanto a las pensiones otorgadas por Seguridad Social como las que son canceladas por las instituciones que la suplen como consecuencia de gran invalidez o discapacidad total, siendo el tope máximo lo que indique la Seguridad Social. De ser la cantidad superior al máximo indicado, deberán realizar la declaración por el exceso como un rendimiento del trabajo.
- Cuando la persona que tiene este tipo de pensión cumple los 65 años se realiza un cambio y pasa a ser una pensión de jubilación, la cual también está entre las rentas exentas de IRPF en 2022.
- Todas las pensiones por orfandad también cuentan con exención de renta.
- Las personas que hayan obtenido una pensión procedida de actos terroristas que les hayan causado pérdidas materiales o de familiares también quedan libres de pago.
- Otras de las rentas exentas de IRPF en 2022 son las de las personas que están en situación de ERTE, si el único ingreso que perciben es este o si reciben otro adicional pero no supera los 14.000 euros.
Cabe mencionar que el Real Decreto Ley 20/2021, del 5 de octubre, contempla que de manera excepcional Hacienda permitirá una disminución de los índices de utilidad neta, los cuales afectan a la estimación del IVA y del IRPF en las actividades agrarias que hayan sufrido daños por la catástrofe de La Palma.
Novedades en el pago del IRPF
Una de las principales novedades en este aspecto es la modificación de la escala aplicable para la retención sobre el rendimiento del trabajo, introduciendo otra línea que indica el 47% cuando las rentas son superiores a 300 mil euros. También, se subió al 24,5% la retención aplicable a aquellos trabajadores que su salario es mayor a 300.000 euros.
En cuanto a los ahorros, desde el 1 de enero de 2022 se deberá declarar el 13% sobre los ahorros mayores a 200.000 euros.
Se realizará una deducción de un 20% con un máximo de 5.000 euros para fomentar la rehabilitación en las edificaciones donde se optimice el uso de la energía de las viviendas. Sin embargo, esto no aplicara en aquellas modificaciones que se realicen en los jardines, garajes, piscinas, instalaciones deportivas, entre otros.
En referencia a las operaciones con criptomonedas, desde el 11 de julio de 2021, todas aquellas personas o entidades establecidas en España que hagan operaciones con criptomonedas, como transferencias o simplemente las almacenen, deberán notificar a la Agencia Tributaria de la totalidad de sus monedas y, por tanto, no son unas rentas exentas de IRPF en 2022.
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